Nueva Directiva Europea 97/23/CE

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  ADVERTENCIA LEGAL Y EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES

 

1.- APLICACIÓN

Esta Normativa se aplica al diseño, la fabricación y la evaluación de la conformidad de los equipos a presión y de los conjuntos sometidos a una presión máxima admisible PS superior a 0,5 bar.

 

 

2.- COMERCIALIZACIÓN

A partir del 29/05/02 todos los aparatos de nueva fabricación a los que le sean aplicables el REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN y sus Instrucciones Técnicas Complementarias deberán cumplir con la Directiva CE 97/23 para poder ser comercializados.

 

 

3.- LEGALIZACIÓN

Solo podrán ser legalizados aquellos aparatos que cumplan con esta normativa, DIRECTIVA CE 97/23 y su transposición al Real Decreto 769/1999.

Los aparatos fabricados con anterioridad al 29/05/02 sólo podrán ser legalizados si disponen de placa de diseño española y/o placa de instalación española (equipos a presión usados).

 

 

4.- MAS INFORMACIÓN

  1. http://www.europa.eu.int

  2. http://ped.eurodyn.com

  3. http://www.cenorm.be/newapproach

  4. http://eotc.be