Reglamento de Aparatos a
Presión

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ADVERTENCIA LEGAL Y EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES
Artículo 8.
La instalación de tuberías de conducción de combustibles gaseosos, desde las unidades de regulación y medida hasta los puntos de consumo, se realizará de acuerdo con las siguientes prescripciones:
Materiales.-Se utilizarán tuberías de acero u otro
material adecuado, según normas UNE u otra norma reconocida
internacionalmente, y cuyas características de temperatura y presión de
servicio sean, como mínimo, la de diseño, así como resistente al ataque
químico del gas a transportar. El valor de la presión de diseño será igual o
superior a la presión de tarado de las válvulas de seguridad de la estación
de regulación y medida. En el caso de que no exista regulación, por
alimentarse directamente de la red de suministro, la presión de diseño será
el valor de la presión máxima de suministro, facilitada por la Compañía
distribuidora. En el caso de utilizar gases de recuperación de otras
instalaciones, la temperatura y presión de diseño será, como mínimo, igual a
la de la salida de la instalación de donde proceden los gases. En cualquier
caso, el espesor mínimo de la pared de la tubería será de dos milímetros.
Todas las válvulas, accesorios y piezas especiales serán de acero u otro
material capaz de resistir la misma temperatura y presión, así como el
posible ataque químico que la tubería sobre la que se encuentran instalados.
En cualquier caso, su presión nominal mínima será de PN 10.
Diámetro de la tubería.-La tubería tendrá el diámetro necesario para que se cumplan las condiciones siguientes:
La velocidad máxima de circulación de gas será de 30 metros por segundo.
La pérdida de carga a caudal máximo será tal que asegure que la presión a la llegada en los puntos de consumo no sea inferior en un 10 por 100 a la presión en el origen de la instalación.
Uniones.-Las uniones deberán realizarse mediante
soldadura o por bridas.
Las uniones no soldadas se realizarán mediante bridas según la normativa UNE
u otra norma internacionalmente reconocida, salvo en los casos en que se
requiera conexión roscada, limitándose su uso al mínimo imprescindible por
exigencias de la instalación.
Ensayos y pruebas.-Para tuberías situadas en zonas
tales como atmósferas peligrosas, locales de pública concurrencia, sometidas
a vibraciones, etc., se prohíben las uniones roscadas y se realizará el
control de las uniones soldadas mediante ensayos no destructivos en la
proporción del 100 por 100.
En los demás casos, el control no destructivo se realizará en un 25 por 100
de las soldaduras.
Una vez realizada la prueba de resistencia a presión, se realizará una
prueba de estanqueidad a la presión de servicio, utilizando el combustible
gaseoso y comprobándose la misma mediante agua jabonosa u otro producto
similar.
Puesta en servicio.-Cuando se proceda al llenado de gas, se hará de manera que se evite en lo posible la formación de mezcla de aire-gas, comprendida entre los límites de inflamabilidad del gas.
Instalación.-La instalación de tuberías para combustible gaseoso estará de acuerdo con lo especificado en las normas UNE u otra norma internacionalmente reconocida.
Las tuberías se
instalarán, siempre que sea posible, de forma aérea.
Cuando existan conducciones paralelas con tuberías para otros usos, la
separación mínima entre superficies exteriores será de 0,10 metros.
En tuberías enterradas
la profundidad mínima será de 0,80 metros entre la generatriz superior del
tubo y la superficie del terreno.
Las tuberías enterradas no podrán discurrir por debajo de ningún edificio.
Cuando la tubería de gas deba cruzar otras canalizaciones ya existentes,
destinadas a otros usos, la distancia de separación en sentido vertical
entre dos generatrices contiguas será como mínimo de 0,20 metros.
El material de relleno de las zanjas estará libre de piedras y objetos
cortantes y, asimismo, la compactación del mismo se realizará de forma que
no pueda dañar la tubería.
Cuando excepcionalmente la tubería deba cruzar por el interior del edificio, todas las uniones en aquel tramo serán soldadas. Si existe una válvula en el interior del edificio, deberá estar cerrada en un armario estanco, construido con material incombustible y con ventilación al exterior del edificio.