Reglamento de Aparatos a Presión

El WEB no asume responsabilidad alguna sobre el contenido de estas páginas

Previa consulta del Material Incluido en estas páginas, lea las condiciones de aceptación

  ADVERTENCIA LEGAL Y EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES

Campo de Aplicación

Artículo 2. Campo de aplicación.-

Se someterán a todas las formalidades, inspecciones técnicas y ensayos prescritos en esta ITC y en la forma que en la misma se indica todas las tuberías para la conducción de fluidos enumeradas en el artículo anterior, y que sin formar parte integrante de los aparatos conectados, quedan dentro de los siguientes límites:

  1. Las tuberías de instalaciones de vapor y agua sobrecalentada, de potencia superior a 200.000 kcal/h. y/o con presión efectiva superior a 0,5 kg.-cm².

  2. Las tuberías de instalaciones de agua caliente de potencia superior a 500.000 Kcal/h.

  3. Las tuberías de instalaciones de fluido térmico de potencia superior a 25.000 Kcal/h.

Quedan igualmente sometidos a esta ITC:

Las tuberías de combustibles líquidos, así como las acometidas de combustibles gaseosos que conecten a equipos de combustión de instalaciones incluidas en esta ITC.

Se exceptúan de la aplicación de esta ITC las tuberías de conducción de fluidos correspondientes a: calderas que utilicen combustible nuclear, instalaciones de agua caliente destinadas a usos domésticos y/o calefacción no industrial e instalaciones integradas en refinerías de petróleo y plantas petroquímicas.